El Supremo establece que solo cabe expulsar a extranjeros condenados por delitos cuya pena mínima supere el año de prisión 08 de junio de 2018 Noticias ORDEN DE EXPULSIÓN El Tribunal Supremo ha establecido que la expulsión de un ciudadano extranjero por vía administrativa como consecuencia de una condena penal solo es procedente cuando la pena mínima prevista en el Código Penal para el delito por el que ha sido condenado sea superior a 1 año de prisión.